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Nota publicada el 12 / 06 / 2025

Milei y el derecho de huelga

El objetivo final del gobierno nacional es la desarticulación y exclusión de los sindicatos como actores sociales y económicos. A eso apunta toda la normativa reciente promulgada que, además, pretende criminalizar la protesta social.

Por Daniel Jorajuria; integra el Secretariado nacional de la CTA- A Autónoma; y Javier Izaguirre, abogado de la CTA-A.

Lo primero es reafirmar la plena vigencia del derecho de huelga como un instrumento de lucha de los trabajadores y trabajadoras que con su esfuerzo aportan al desarrollo y progreso de las naciones. El derecho a la huelga no es un privilegio ni una concesión de los gobiernos, es una conquista histórica de la clase trabajadora. Reconocido por los Estados democráticos como factor de equilibrio de las relaciones de poder en el trabajo y vector para la promoción de sociedades más justas e inclusivas.

En efecto, el derecho de huelga ha sido reconocido como una de las herramientas fundamentales con las que cuentan los trabajadores y sus organizaciones para la defensa de sus  derechos e intereses. 

En nuestro país, su ejercicio se encuentra garantizado por la Constitución Nacional y por Tratados Internacionales de Derechos Humanos con jerarquía constitucional, como por ejemplo el  Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Políticos.

Sabido es que, en ocasiones, el ejercicio de la huelga se encuentra en tensión con la necesidad de garantizar la prestación de servicios mínimos en actividades consideradas esenciales que son aquellas que su no prestación ponen en riesgo la salud, la vida y la seguridad de los ciudadanos.

 En la Argentina, la reglamentación legal de esa tensión se encuentra prevista en el artículo 24 de la ley 25.877, que contempla una regulación razonable y práctica, acorde con los criterios de los órganos de control de OIT. Dicha ley sólo incluye los servicios sanitarios y hospitalarios, la producción y distribución de agua potable, energía eléctrica y gas y el control del tráfico aéreo.

Sin embargo, al poco tiempo de asumir las autoridades del gobierno actual vieron en la reglamentación de la huelga en los servicios esenciales una oportunidad para generalizar las restricciones al ejercicio de la huelga, al punto de invertir la lógica del sistema. Ahora, las actividades donde la huelga se puede ejercer sin la obligación de cumplir con servicios mínimos pasarían a ser la excepción. 

Al poco tiempo de asumir las autoridades del gobierno actual vieron en la reglamentación de la huelga en los servicios esenciales una oportunidad para generalizar las restricciones al ejercicio de la huelga, al punto de invertir la lógica del sistema

Viva la flexibilización carajo

El primer intento del gobierno fue a través del decreto 70/23, cuyo capítulo laboral ha sido declarado inconstitucional por dos instancias de la Justicia Nacional del Trabajo. Hoy se encuentra suspendido a la espera de la resolución final de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Pero, no se trata solo de un ataque a la huelga. El objetivo real del gobierno de Javier Milei es la desarticulación y exclusión de los sindicatos como actores sociales y económicos. A eso apunta toda la normativa que criminaliza la protesta social.

Por ello, el 20 de mayo de 2025 el gobierno volvió a la carga y emitió el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 340/2025 sobre desregulación de la actividad de la Marina Mercante, pero que incluye un nuevo intento de restricción a la huelga en servicios esenciales que se proyecta a la mayoría de las actividades productivas y de servicios. 

El 20 de mayo de 2025 el gobierno volvió a la carga y emitió el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 340/2025 sobre desregulación de la actividad de la Marina Mercante, pero que incluye un nuevo intento de restricción a la huelga en servicios esenciales que se proyecta a la mayoría de las actividades productivas y de servicios.

Con el dictado del DNU 340/25 el gobierno argentino procura limitar el ejercicio del derecho de huelga al extremo de su prohibición, ya que por un lado establece un extenso listado de actividades consideradas esenciales o de importancia trascendental que abarcan casi la totalidad de la actividad económica. Y por otro lado, determina la obligatoriedad de garantizar una cobertura del 75% de servicios mínimos para los servicios esenciales y del 50% para los de importancia trascendental.

Estamos ante un gobierno que no se va a detener porque no reconoce a la huelga como un derecho. Reprime la acción sindical porque no concibe a los conflictos como un elemento vital de las sociedades. La acción colectiva es ajena a su narrativa. No encaja ni en su concepción del mundo ni en su modelo de relaciones laborales. Por eso, proponen una vuelta al Siglo XIX. Aspiran a una sociedad sin sindicatos y sin derecho laboral. Pero, lo que tienen que saber es que por más restricciones que pongan  los sindicatos, la huelga y los acuerdos colectivos existieron y seguirán existiendo.

Daniel Jorajuria, secretario administrativo de la CTA Autónoma.

Desregular es la consigna

La matriz ideológica sobre la que opera el nuevo gobierno se cimienta en la desregulación de los mercados y la destrucción del Estado. Siguiendo a Friederick Von Hayek, concibe el ejercicio de la representación sindical o el conflicto como acciones coercitivas que distorsionan el libre juego de las fuerzas de mercado y que, por ende, limitan la eficiencia del mercado laboral. 

Desprecian el orden jurídico y gobiernan por encima de las instituciones. Les resulta indiferente que los sucesivos decretos que han promulgado restringiendo al derecho de huelga vulneren gravemente derechos protegidos por los Convenios 87 y 98 de la OIT, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Americana de Derechos Humanos y la Constitución Nacional Argentina.

Recordamos, una vez más, que el derecho de huelga es un componente fundamental de la libertad sindical y que se caracteriza por su carácter instrumental, en tanto medio para alcanzar otros derechos y objetivos. Por lo tanto, es incuestionable su potencia democratizadora en tanto que su ejercicio permite a grandes sectores sociales mejorar sus condiciones de vida y trabajo.

Como ha dicho el maestro español Antonio Baylos, la huelga es un acto político– democrático y constituye un momento de participación democrática de los ciudadanos. La huelga ha sido el instrumento mediante el cual se han ido consiguiendo la gran mayoría de los derechos sociales, conceptuados como derechos de ciudadanía plena.

Por ello, la decisión del gobierno argentino de obturar el ejercicio de huelga no persigue sólo metas económicas, sino que se enmarca en un proyecto político autoritario y elitista, de exclusión social y reducción de ciudadanía, en aras de conservar los privilegios económicos y políticos de los socios y amigos del poder. Solo un gobierno con inclinaciones antidemocráticas puede afirmar que la justicia social es una aberración, tal como lo hizo el Presidente Javier Milei.

Denunciamos al gobierno argentino porque le niega legalidad y legitimidad a los sindicatos, lo que representa un grave retroceso democrático en nuestro país. Esta postura no solo socava la capacidad de los trabajadores para defender sus intereses de manera organizada, sino que también debilita los pilares del diálogo social y la negociación colectiva, elementos esenciales para cualquier sociedad que aspire a la justicia y la equidad.

Desprecian el orden jurídico y gobiernan por encima de las instituciones. Les resulta indiferente que los sucesivos decretos que han promulgado restringiendo al derecho de huelga vulneren gravemente derechos protegidos por los Convenios 87 y 98 de la OIT, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Americana de Derechos Humanos y la Constitución Nacional Argentina.

Y denunciamos el avance mundial de la nueva derecha, que bajo distintos ropajes pero con una misma determinación autoritaria, gobiernan con desapego a las leyes y arrasan con los derechos sociales y la convivencia democrática.. 

Por ello, reafirmamos más que nunca que defender la justicia social y la equidad es defender la democracia y la paz universal. Tal es el mandato fundacional y el principio rector de esta Organización Internacional del Trabajo al que no estamos dispuestos a renunciar.

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