La Asamblea Permanente por los Derechos Humanos La Plata, ATE Provincia de Buenos Aires y la CTA Autónoma La Plata-Ensenada dieron a conocer una declaración a raíz de la pretensión de inculpación contra el titular del Tribunal Oral Federal Nº 1 de la ciudad de La Plata, Carlos Rozanski. Aquí el texto completo
Las Organizaciones firmantes, transcurridos ya varios meses de gestión del nuevo gobierno, advertimos que, en materia de Derechos Humanos, nada ha de ser mejor que lo que veníamos transitando, pese a que aquello tampoco venía siendo el ideal de su vigencia.
Es así que se advierten decisiones y/o postulaciones que dirigidas sobre personas determinadas, pretenden instaurar una nueva mirada sobre lo que ha acontecido en materia de juicios de lesa humanidad. Sumado a ello el aporte de diversos medios masivos de comunicación que promueven una clara desvalorización de los derechos humanos y de la lucha histórica en su defensa.
En ese sentido llamamos la atención sobre el repentino ataque, denuncia, pretensión de inculpación, hacia el juez Carlos Rozanski, del Tribunal Oral Federal Nº 1 de la ciudad de La Plata, quien ha venido interviniendo en casi todos los procesos llevados adelante en nuestra ciudad que tienen como imputados a personas que han violados los derechos humanos durante el período del terrorismo de estado.
Las organizaciones firmantes somos querellantes en esas causas y en tal carácter podemos afirmar que lo decidido en ellas se ha ajustado al derecho vigente.-
Una de las organizaciones querellantes, es la Central de Trabajadores de la Argentina Autónoma, que a su vez tiene en su seno a la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE).
Desde ésta última, en un determinado momento se pensó en premiar a personas que hubieran luchado por los Derechos Humanos, en diversas organizaciones sociales y también dentro del Poder Judicial. Es así como se llega a otorgar un reconocimiento al juez Rozanski.
Ese reconocimiento, mal interpretado por quien denuncia, pareciera ser una de las causales por las que se pretende la constitución de un juicio político contra el magistrado. Desconocen quienes denuncian que el compromiso con la vigencia de los derechos humanos debe ser una condición indispensable para el ejercicio de la magistratura, desde que su consagración constitucional así lo impone.
Deberá recordarse que, los magistrados, reciben reconocimientos por su actuación anual, a través de una votación que implementa el Colegio de Abogados. Y a nadie se le ocurriría que tal reconocimiento hace, luego, a la parcialidad del magistrado por haber sido premiado por determinada cantidad de letrados.
Reconocer los méritos y esfuerzos personales, no hace a la previa y/o ulterior petición de favores.
Además de ésta situación, tenemos a la vez otra que tiene que ver con una de las personas condenadas en los ámbitos jurisdiccionales federales de nuestra ciudad. Nos referimos concretamente a Miguel Osvaldo Etchecolatz, quien ha recibido recientemente el beneficio de la prisión domiciliaria, no concretado aun, por cuanto pesan condenas en otros tribunales y jurisdicciones. En la decisión se evaluaron las condiciones de salud, la edad, y también la situación de encarcelamiento con respecto a tratados internacionales vigentes.
Desde siempre y como lo dijimos en múltiples oportunidades, las organizaciones firmantes, no pretenden venganza, simplemente justicia y que la ley se aplique.
Justamente en éste último sentido, hacer lugar a la pretensión esgrimida por Etchecolatz, hace nacer el principio de discriminación, en la medida que, la situación de salud demostrada en el expediente no reviste gravedad como para justificar el beneficio, sino que puede ser perfectamente atendido en el ámbito en el que se encuentra.
Su edad tampoco justifica por sí la concesión del beneficio, ya que se tiene que conjugar con el tiempo de la condena y el plazo de detención real.
Y por último, la situación carcelaria, que ya tiene enormes diferencias con la que padecen otros miles de procesados y/o condenados dentro de nuestro sistema judicial.
Por el principio de igualdad, art. 16 CN., habría que extender tales beneficios a toda la población carcelaria de la República Argentina. Lo que no se hace, violándose así, el principio de no discriminación.
En último término, pero no menos importante, resulta sustancial hacer referencia a la actualidad y futuro de los procesos judiciales donde se investiga el último genocidio.
Es más que evidente que el simple paso del tiempo beneficia tan sólo a quienes deberían encontrarse imputados por tales faltas, que mueren impunes o escapan el juzgamiento por incapacidad sobreviniente.
Desde hace tiempo que era el momento para la verdadera promoción de los procesos, desde hace tiempo que habría que haber dotado de presupuesto y personal a la Justicia en todas sus esferas a fin de avanzar adecuadamente en los juicios. Nada de ello aconteció.
Pero no debe ser impedimento para que en la actualidad se vuelvan a impulsar los mismos, por el contrario debe ser una clara obligación que debe cumplirse ante la sociedad.
Como simple ejemplo adviértase el tiempo que ha pasado desde la creación del Tribunal Oral Nº 3 en La Plata, que aun carece de funcionamiento.
Los juicios deben avanzar buscando las responsabilidades de los imputados en todos los terrenos sociales. Se advierte en el tiempo que hay militares, personal policial, penitenciario, y algunos funcionarios gubernamentales de aquella época con procesamiento cumplido. Pero a la vez surge más que evidente que no aconteció lo mismo con muchos civiles que colaboraron y fueron partícipes de acciones contra la humanidad en igual período de tiempo. En particular ocurre eso con quienes se beneficiaron de la reestructuración económica y financiera posibilitada por el genocidio y cuya persecución penal pretende ser evitada a toda costa.
Es por todo ello que revalorizamos lo actuado por Jueces que, dentro de la ley, han alcanzado sentencias de condena contra los genocidas.
Que repudiamos las concesiones de beneficios inadecuados a los condenados por delitos de lesa humanidad, generando para con los presos comunes, una clara discriminación, insoportable de sostener, por devenir violatoria de los tratados oportunamente suscriptos por la Argentina.
Y pretendemos una clara decisión política de las autoridades en el sentido de avanzar con los juicios pendientes, para lo cual no sólo alcanza con la pasividad de declarar la independencia del poder judicial, sino y a la vez, generar decisiones que vayan en tal sentido, desde la real conformación de Tribunales pendientes, como la asignación de mayor presupuesto a los ya existentes, a fin de que puedan incorporar personal a fin de agilizar los trámites y el restablecimiento y fortalecimiento de las áreas destinadas a dar soporte a los procesos, hoy prácticamente desmanteladas.